Fuente: Fútbol CostaEn el Reglamento que envio la Liga de Fútbol del Partido de La Costa (Li.Fu.Cos), hay algunas cosas que se resaltan con respecto a otras. El 5 de Abril dara comienzo a una nueva Temporada de Fútbol en lo que respecta a la Primera División, mientras que el 4 del corriente mes lo haran en las Divisiones Inferiores, se afilia una nueva institución Club Atlético Núcleo Juvenil (a pesar de que el próximo 3 de Marzo se definira su afiliación), se resalta una vez más que los clubes que hacen como local deben tener un médico durante el transcurso del encuentro.
Árticulo Primero (Participantes): Tomaran parte del mismo las siguientes instituciones: Asociación de Fomento Las Quintas (Santa Teresita), Asociación de Fomento Los Troncos, Asociación de Fomento San Bernardo, Club Atlético Defensores Unidos (Santa Teresita, Club Social y Deportivo Cosme Argerich (San Clemente), Club Social y Deportivo Defensores de Villa Clelia, Club Deportivo Popular (General Lavalle), Club Social Deportivo y Cultural El Porvenir (San Clemente), Club Atlético Juventud Unida (San Bernardo), Club Atlético Núcleo Juvenil (Santa Teresita), Club Social y Deportivo Pesca y Náutica (San Clemente), Club Social Cultural y Deportivo Las Toninas, Club Social y Deportivo Mar de Ajo, Club Social Cultural y Deportivo Mar del Tuyu, Club Social y Deportivo Santa Teresita.
Articulo Segundo (Fecha de Inicio): El mismo dará comienzo el día 05 de Abril de 2009
Articulo Tercero (Forma de Disputa): El certamen se disputará a una sola rueda, todos contra todos, por suma de puntos. Al finalizar el mismo para consagrar al Campeón y Subcampeón se tendrá en cuenta:
a) Mayor cantidad de puntos
b) Un partido definitorio en cancha neutral de acuerdo a los minutos que juegue cada división y si persiste el empate habrá penales hasta definir la posición. Se deja establecido que de ser necesario estos partidos definitorios podrán jugarse en día de semana.
La programación de los partidos se realizara de la siguiente manera:
- Primera División: disputaran sus partidos en los Estadios habilitadas por el C.O.P.R.O.S.E.D.E. en simple, doble o triple Jornada.
- Cuarta, Quinta, Sexta y Séptima División: cada club podrá hacer de local en su cancha disputándose estos partidos los días Sábados o Domingo según se programe.
Articulo Cuatro (Horarios):
- Primera División: 11 y 13 y 15.00 hs
- Cuarta División: 15.00 hs
- Quinta División: 13.00 hs
- Sexta División: 11.30 hs
- Séptima División: 10.00 hs
- Habrá 15 minutos de tolerancia para el inicio de cada partido.
Articulo Quinto (Edades): Séptima División: 13 años (Categoría 1996), Sexta División: 14/15 años (Categoría 1994/1995), Quinta División: 16 y 17 años (Categoría 1992 y 1993), Cuarta División Especial: 18, 19, y 20 años (Categorías 1989, 1990 y 1991), en esta categoría se puede incluir 5 jugadores mayores de 20 años dentro de los 16 que ingresan al campo de juego, siendo indistinto se juegan o están en el banco de sustitutos, el arquero esta incluido en los 5 mayores. Primera División: (libre de Edad).
Articulo Sexto (Duración de Partidos): Séptima División: 60 minutos, Sexta División: 70 minutos, Quinta División: 80 minutos, Cuarta División: 90 minutos
y Primera División: 90 minutos. Para las divisiones: Séptima, Sexta y Quinta habrá 10 minutos de descanso entre tiempo y tiempo y para las primeras y Cuartas Divisiones habrá 15 minutos.
Articulo Septimo (Documentación): Los jugadores y Cuerpo Técnico únicamente pueden ingresar a la cancha con el D.N.I. – Célula Policía Federal – Célula Mercosur o Carnet otorgado por la Liga de Fútbol del Partido de La Costa. NO SON VALIDAS: las fotocopias de ningún documento, las Partidas de Nacimiento, Constancia de Documentos, Constancia de extravío de DNI extendido por la Policía local.
Articulo Octavo (Lista de Buena Fe): La cantidad mínima por lista de Buena Fe será de 16 jugadores y la máxima será de 22 jugadores. Las mismas deberán ser presentadas por duplicado, escritas en forma clara y legibles a maquina, computadora o letra manuscrita y deberán estar refrendadas por el Presidente, Secretario o sustitutos legales y el sello de la Institución y tendrán a todos sus efectos el valor de Declaración Jurada.
Articulo Noveno (Suspención de Partidos): La Mesa Directiva realizara la reprogramación de los mismos.
Articulo Decimo (Mal Tiempo):: En caso de lluvia o temporales, en el horario de 07 a 08 hs, se recibirán los informes de los diferentes escenarios en el teléfono del Vicepresidente Sr. Rodolfo Hernández: 02246-420180, o 02257 15638678. Pudiendo suspender parcial o totalmente los partidos, pasadas las 08 hs, serán los Señores Árbitros los que determinaran en la cancha si los encuentros se juegan o no.
Articulo Undecimo (Venta de Entradas): Se fija en $ …… el valor para la entrada general de las jornadas de Divisiones Inferiores (Cuarta, Quinta, Sexta y Séptima) y de $ ….. para la Entrada General de Primera División.
Articulo Duo Decimo (Balones): Es responsabilidad del club que hace las veces de local poner a disposición de los Señores Árbitros, 3 Balones nuevos, oficiales o en perfectas condiciones de uso.
Articulo Decimo Tercero (Pago de Aranceles y Policia): Los Clubes deberán abonar los aranceles de los árbitros en todas las categorías en forma adelantada en la cancha y antes del comienzo de cada partido, en caso de no dar cumplimiento al pago mencionado, el club que no cumpla con este requisito perderá automáticamente los puntos en juego y se le cobrara la multa que estipule el Tribunal de Penas. Con respecto a la contratación del servicio Polad, seguirá como hasta ahora, es decir que el dueño de cancha la tramita para toda la jornada programada en ese Estadio.
Articulo Decimo Cuarto (Medico): El club Local tendrá la obligación de poner un Medico a disposición en todos los encuentros que se realicen.
Articulo Decimo Quinto (Certificado de Aptitud Fisica): Los mismos se deberán presentar conjuntamente con las Listas de Buena Fe.
Articulo Decimo Sexto (Seguro): La Institución que no tenga la cobertura del Seguro, no podrá participar del Torneo, la cuota correspondiente la abonara cada Club en forma adelantada a la Liga, tal como lo estipula el Reglamento General de la Liga y el Reglamento del Consejo Federal de la A.F.A.
Articulo Decimo Septimo (Jugadores Extranjeros): Deberán presentar el DNI Ley 17671, debiéndose desechar constancias provisorias o supletorias de tales documentos aunque emanaran de Autoridad Administrativa o Judicial.
Articulo Decimo Octavo (Derecho Clasificatorio): Se deja establecido que el Campeón de Primera División, adquiere el derecho de una plaza para participar en el Torneo del Interior Edición 2010, que organiza el Consejo Federal del Fútbol Argentino.
Articulo Decimo Noveno:, Cualquier situación que se presente y que no este prevista en el presente Reglamento, será resuelta con remisión al Estatuto y/o Reglamento de la Liga, al Reglamento del Consejo Federal y por ultimo, al reglamento General de la A.F.A.